Casco azules salvadoreños serán enviados a Líbano
Por
Margarita Ramírez
Periodista
Un grupo 40 militares salvadoreños estarían listos para partir dentro de tres meses hacia el Líbano, y así formar parte de la primera misión como cascos azules en ese país.
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Foto: Herbert Arévalo |
Miembro de los Cascos Azules de El Salvador en misión de observación en Costa de Marfil, África |
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Por primera vez, El Salvador formará parte de una operación de mantenimiento de la paz, como cascos azules. Una vez terminado su entrenamiento en España, se integrarán al contingente español de las Fuerzas Internas de Naciones Unidas en Líbano (FINUL).
Las primeras tropas de FINUL llegaron a la frontera libanesa-israelí, conocida como Línea Azul, el 23 de marzo de 1978, con el propósito de resguardar la soberanía e independencia del Líbano, la cual estuvo en riesgo por la invasión realizada por los israelitas como respuesta a la muerte de población civil, tras elataque a un comando ejecutado por la Organización para Liberación de Palestina (OLP).
La misión del contingente salvadoreño será velar por el mantenimiento de la paz en el Líbano, nación que está regida por la resolución número 1773,aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU) en agosto 2007. Dicha resolución habla del tercer Convenio de Ginebra, relativo al trato debido a los prisioneros de guerra y el Protocolo II,señalando: “la importancia de proseguir la labor de eliminación de municiones y artefactos explosivos no detonados en el Líbano meridional”.
El Consejo de Seguridad en su resolución hace hincapié en el hecho de que aún no se haya puesto en libertad a los soldados israelíes secuestrados, ni se hayan presentado pruebas de que están vivos, y pidiendo una vez más que sean devueltos de inmediato y sin condiciones. Así como también las medidas encaminadas a resolver urgentemente la cuestión de los prisioneros libaneses detenidos en Israel.
Los cascos azules son fuerzas de conciliación que representan a la comunidad internacional, interesada en la razón mantener la paz y seguridad internacional establecida en la carta de la ONU, un mantenimiento en áreas de conflicto armado.
El trabajo de los cascos azules estará regido por el Capítulo ocho, de la Carta a las Naciones Unidas, así como también se convierten en unidades militares bajo una sola bandera: la de la ONU.
La misión
Las misiones de los contingentes de los casos o boinas azules son asignadas por el Consejo de Seguridad de la ONU. Según Miguel Sevillano, catedrático de Derecho Internacional Humanitario de la Universidad de El Salvador (UES), “la resolución del Consejo de Seguridad es quien dice exactamente cuál es la misión que realizarán, hasta dónde pueden intervenir, como ONU o como FINUL, dentro del conflicto del Líbano”.
El mantenimiento de la paz es la primera dimensión de la resolución de conflictos. Trata de mantener una zona neutral, generar distanciamiento de las fuerzas beligerantes, crearzonas de seguridad, estabilidad para la población, así como el desempeño de actividades económicas e institucionales de las mismas.
Sevillano dice que: “es en este proceso de aplicación del mantenimiento de la paz que el Derecho Internacional Humanitario entra en acción, ya que está regulando los derechos tanto de civiles como de los militares que se encuentran en medio de un conflicto armado”.
Los cascos azules no pueden entrar en combate a menos que sea por legítima defensa.Ellos no son grupos ofensivos. Están protegidos por los Convenios de Ginebra y las reglas del enfrentamiento”, señaló Cecilia de Dueñas, catedrática de La Universidad de El Salvador (UES) y especialista en Derecho Internacional.
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Foto: Margarita Ramírez Dueñas |
Según María del Pilar Escobar de Amaya, directora de Estudios Jurídicos Internacionales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones del Exterior, el país está ofreciendo lo que puede. |
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El acuerdo
En el año 2004, El Salvador firmó una carta compromiso en la que el país se ofrece a colaborar con la ONU como fuerzas de paz. La ayuda consiste en equipo o personal especializado, bajo las normas de la ONU.
La directora de Estudios Jurídicos Internacionales de laDirección General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos Ministerio de Relaciones del Exterior, María del Pilar Escobar de Amaya, explicó que “el país está ofreciendo lo que puede y que cumpla con las normas que la ONU requiere. No es un contingente completo el que se está enviando, ya que estaremos bajo la tutela de España”.
“Es la primera vez que El Salvador lleva un contingente de fuerzas internas. Anteriormente, hemos estado presentes como observadores, como es mi caso en Costa de Marfil, África,” afirmó Herbert Arévalo, teniente mayor en Costa de Marfil.
El Salvador ha sido el único país en el cual la intervención de la ONU, durante y después del conflicto armado, dio resultado, desarrollando todo lo pactado en los Acuerdos de Paz, 1992, desde el retiro de armas hasta la implementación de instituciones de protección civil. Las cuatro fuentes entrevistadas coincidieron en que ese es un elemento esencial en la selección del país para que formará parte de los cascos azules en misiones de mantenimiento de paz. |
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| El DIH opera en zona de conflicto |
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| Los cascos azules cuentan con la protección del Derecho Internacional Humanitario (DIH) |
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Convenios de Ginebra.
Los convenios de ginebra ratificados en 1945, con sus dos Protocolos.
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Convenio I: para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos en las fuerzas armadas en campañas. |
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Convenio II: para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar. |
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Convenio III: relativo al trato de los prisioneros de guerra. |
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Convenio IV: relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempos de guerra. |
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| Carta a las Naciones Unidas |
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| Los países que sonmiembros de la ONU y han rectificado la Carta de la Naciones Unidas forman parte de los cascos azules. |
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Convenios de Ginebra. Los convenios de ginebra ratificados en 1945, con sus dos Protocolos. |
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Capitulo VIII Carta a las Naciones Unidas |
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Acuerdo regionales |
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Art.52
El Consejo de Seguridad promoverá el desarrollo del arreglo pacífico de las controversias de carácter local, por medio de dichos acuerdos u organismos regionales, procediendo, bien a iniciativa de los Estados interesados, bien a instancias del Consejo de Seguridad |
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